Las viviendas de interés prioritario o proyectos VIP se diferencian del resto de inmuebles por tratarse de viviendas destinadas a las clases sociales caracterizadas por disponer de unos ingresos económicos por debajo de la media, concretamente familias que ganan menos de dos salarios mínimos mensuales y presentan dificultades para acceder a los recursos básicos.
Estas viviendas de interés prioritario son proyectos diseñados por el Gobierno Nacional junto con empresarios privados, entre los que destacan las constructoras.
¿Qué diferencia hay entre el Proyecto VIS y el Proyecto VIP?
Por Proyecto VIS se entiende la vivienda de interés social, cuyas características coinciden prácticamente en su totalidad con las viviendas de interés prioritario, pero diferenciándose entre ellas según sea la posibilidad de acceso a los recursos. De esta manera, las VIS están dirigidas al sector de la población que cuenta con unos recursos generalmente escasos y las VIP están enfocadas a aquellas personas que viven en condiciones precarias, de pobreza extrema.
¿Quién puede aplicar a las viviendas de interés prioritario?
Las familias que estén interesadas en este tipo de inmuebles deberán cumplir las siguientes condiciones:
- Vivir con unas condiciones socioeconómicas bajas.
- Disponer de unos ingresos menores o iguales a los dos salarios mínimos legales vigentes.
- Ningún miembro del hogar debe estar afiliado a una caja de compensación familiar.
- Ningún miembro familiar puede ser propietario de vivienda, ni haber recibido anteriormente el beneficio del Subsidio Familiar de Vivienda por parte del gobierno.
- No haber sido beneficiario del Subsidio de Tasa de Interés.