El contrato de exclusividad inmobiliaria es un acuerdo que se formaliza en las agencias inmobiliarias que establece que el propietario de la vivienda (vendedor) cede de modo exclusivo los derechos de venta de su inmueble por un tiempo determinado a la agencia en cuestión.
El contrato de exclusividad inmobiliaria fija además de la condición de exclusividad, el precio del inmueble, los honorarios de la agencia y el plazo de duración de dicha exclusividad puesto que los pactos de duración indefinida no son admisibles. Así mismo, la agencia se compromete a promocionar activamente el/los inmuebles en exclusiva para propiciar su venta en el menor tiempo posible. Este contrato es suscrito por todas las partes involucradas en el proceso de venta: el notario, el vendedor y el comprador.
¿Qué ventajas tiene para el vendedor firmar un contrato de exclusividad inmobiliaria?
Cuando una agencia inmobiliaria formaliza un contrato de exclusividad con un vendedor, se compromete a aportar todos sus recursos disponibles para vender la vivienda en el menor tiempo posible. Por tanto, es una muy buena opción para acortar los plazos de venta de los inmuebles.
La agencia también ayuda al vendedor a definir el precio de venta de la vivienda basándose en estudios de mercado y en estrategias de promoción para que así, las posibilidades de venta a corto plazo sean mayores. Además, la inmobiliaria se encarga de gestionar los contratos previos a la venta, de mantener el contacto con la notaría, de obtener la cédula de habitabilidad y de todos los trámites implícitos en la venta de una vivienda; algo que le permite al vendedor “desentenderse” del proceso de venta hasta que este se haya dado por finalizado y se requiera su firma o presencia.