Para poder inscribir una obra nueva terminada, necesitaremos la Licencia de Primera Ocupación (LPO).
Se trata de un documento relevante para el propietario, pues éste debe aportar copia de la LPO en los procesos de contratación de los suministros básicos como electricidad, gas, agua e incluso línea telefónica.
En algunas Comunidades Autónomas además de la LPO se ha establecido otra autorización otorgada por la Consejería de vivienda de la Comunidad Autónoma correspondiente que es la Cédula de Habitabilidad. En esta tramitación se aporta documentación técnica similar a la tramitada en el caso de la LPO, pero no deben confundirse ambas autorizaciones.
Para tener claro qué es la Licencia de Primera Ocupación y cómo es posible obtenerla, te ofrecemos detallada toda la información que necesitas:
¿Qué es la Licencia de Primera Ocupación?
La Licencia de Ocupación es un documento oficial, expedido por el Ayuntamiento en cuyo término municipal se realice la nueva edificación.
Con su otorgamiento se verifica si el edificio construido se encuentra debidamente terminado y ha sido ejecutado según las normativa (urbanísticas y de construcción) de aplicación de su destino específico (residencial, oficinas, comercial), de conformidad con el proyecto y condiciones reflejadas en su licencia de obras.
Es una tramitación obligatoria para las obras de nueva construcción y rehabilitaciones integrales, pues posibilita el uso y ocupación del inmueble de referencia.
¿Cuáles son los requisitos para obtener la Licencia de Primera Ocupación?
La Licencia de Primera Ocupación puede ser solicitada por el promotor de la nueva edificación objeto de licencia.
Esta solicitud tiene unos requisitos que deben cumplirse y son los siguientes:
- Documentación necesaria.
- Comprobación del cumplimiento legal.
Si todo es favorable, se emite la Licencia de Primera Ocupación correspondiente, pero si no lo es se identifican las deficiencias que deben subsanarse, antes de volver a tramitar la solicitud.
El proceso para solicitar la Licencia de Primera Ocupación
El proceso para obtención de la Licencia de Primera Ocupación se realiza una vez finalizada la fase de construcción.
Para ello se debe comunicar al Ayuntamiento correspondiente la finalización, mediante el Certificado Final de las Obras (CFO) y la documentación justificativa.
Los técnicos municipales comprueban la correcta ejecución de las obras así como la documentación aportada, realizando las visitas que sean necesarias.
En la mayoría de Ayuntamientos es posible tramitar la primera ocupación y funcionamiento de las edificaciones de nueva planta mediante una Declaración Responsable en la que el interesado manifiesta, bajo su responsabilidad, que la edificación cumple con los requisitos de la normativa urbanística aplicable y que dispone de toda la documentación acreditativa de tal cumplimiento, pudiendo ser realizadas las comprobaciones oportunas por parte del Ayuntamiento.
Documentación necesaria para tramitar la Licencia de Primera Ocupación
Respecto a la documentación necesaria para tramitar la Licencia de Primera Ocupación, sería, al menos, la siguiente (puede variar en función del ayuntamiento en el que se tramite):
- Acreditación de representación, en su caso.
- Formulario de solicitud cumplimentado.
- Certificado de final de obra del arquitecto.
- Comprobante de pago de la tasa.
- Informes adicionales si son necesarios.
- Certificados instalaciones
- Libro del edificio
- Coste real y efectivo de la obra terminada
- Justificante presentación alteración catastral
- Certificado eficiencia energética
- Licencias de paso de acometidas y paso de vehículos, en su caso
- Calificación definitiva, en caso de que se trate de viviendas protegidas.
¿Cuánto tiempo tarda en obtenerse la Licencia de Primera Ocupación?
Toda esta tramitación de la Licencia de Primera Ocupación (LPO) suele durar aproximadamente tres meses.
Además, como muchos otros trámites que impliquen al ayuntamiento o la administración para gestionarlo, requiere el pago de una tasa que deberá ser sufragada por el promotor.
Su importe dependerá del tipo de construcción, los metros cuadrados y de otros factores que valore la administración local.
Preguntas frecuentes sobre la Licencia de Primera Ocupación
¿La Licencia de Primera Ocupación es necesaria para vender una vivienda?
Según la legislación vigente, para formalizar un contrato de compraventa sobre una vivienda de obra nueva terminada es imprescindible contar con Licencia de Primera Ocupación, ya que es un requisito para su inscripción en el Registro.
Además, es exigido por las entidades bancarias antes de conceder una hipoteca.
¿Qué sucede si no obtengo la Licencia de Primera Ocupación?
Un inmueble que carece de Licencia de Primera Ocupación tiene asociadas multas y sanciones importantes, en base al riesgo que se calcule que supone vivir en ese espacio.
Además, sin la LPO no es posible contratar suministros básicos, alquilarla o venderla, ya que al no tenerla se considera que no es habitable.
¿Puedo solicitar la Licencia de Primera Ocupación de forma online?
Algunos ayuntamientos han habilitado desde sus portales web la posibilidad de solicitar la Licencia de Primera Ocupación de forma online. Lo único que hay que tener en cuenta es que mediante este proceso debe aportarse toda la documentación digitalizada.
¿Cuánto cuesta solicitar la Licencia de Primera Ocupación?
El precio de la solicitud de una Licencia de Primera Ocupación depende de las tarifas vigentes en el ayuntamiento en el que se tramita, así como de otros factores como el tipo de construcción o los metros cuadrados.
En la actualidad, el coste de la Licencia de Primera Ocupación suele partir de entre 800 y 900 euros.