Por calificación urbanística se entiende a la asignación de usos y niveles de intensidad y las características formales y volumétricas de la edificación, para cada suelo. Esta asignación se hace por medio de la delimitación de las áreas de suelo que pertenecen a cada uso y la definición de este utilizando el instrumento de planeamiento apropiado para ello. Es decir, hace referencia al uso del suelo y sus posibilidades edificatorias a cada clase de suelo (urbano, urbanizable y no urbanizable), y a cada uno de ellos se le atribuyen unos destinos, y usos específicos. Además, es importante saber que la calificación urbanística interviene de forma decisiva en la valoración de un inmueble.
La definición sobre qué instrumento es el apropiado para la calificación del suelo, en España está sujeto a la competencia de las Comunidades Autónomas, según la Constitución Española de 1978 en su Artículo 148.3.
Por último, este concepto de calificación urbanística hay que diferenciarlo del de clasificación del suelo, el cual hace referencia al régimen urbanístico en el que se divide un suelo, es decir, la clase de suelo que es que como sabemos son tres: urbano, urbanizable y no urbanizable.