La acción de compraventa de una vivienda no sólo supone gastos para el comprador sino también para el vendedor de la misma o para quien la recibe (por ejemplo, en herencia). Se trata del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), más comúnmente conocido como el impuesto de plusvalía municipal.
Los gastos de plusvalía municipal se aplican cuando vendes una vivienda, recibes una casa en donación o heredas un inmueble. La diferencia reside en quién debe abonar el gasto en cada caso: si se trata de una venta, será la parte vendedora quien pagará el gasto de plusvalía, mientras que con una donación o una herencia, la persona que recibe el inmueble será la encargada de liquidar el tributo.
¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía municipal?
Para calcular los gasto del impuesto de plusvalía municipal necesitas saber:
- E.l valor catastral del suelo de la vivienda: dato que aparece en el IBI y en el catastro de la vivienda.
- Tasa de revalorización fijada por el Ayuntamiento de la localidad donde se encuentra el inmueble.
- Sobre este incremento se aplica el impuesto de plusvalía, que depende de cada ciudad, aunque nunca podrá superar el 30%.
Por último, también se pueden aplicar bonificaciones, las que cada Ayuntamiento crea conveniente.
Para acabar de entender mejor el cálculo, vamos a poner un caso práctico: compras una vivienda en 2009 y en 2019 la has puesto a la venta y el valor catastral del suelo es de 100.000 euros. Supongamos también que la tasa de revalorización fijada por el Ayuntamiento del municipio es del 3,5% por año. Como han transcurrido 10 años, se debe aplicar un 35% a los 10.000€ del valor catastral, por lo que el inmueble se ha revalorizado 35.000€. A esta base es a la que hay que aplicar el impuesto de plusvalía. Por lo tanto, si el Ayuntamiento ha establecido que sea del 30%, el gasto de plusvalía municipal ascendería a 10.500€ (total al que habría que aplicarle bonificaciones en caso de que correspondan).
Gastos de plusvalía municipal: un impuesto polémico
Se trata de un impuesto muy polémico porque, como se ve reflejado en el cálculo, la fórmula no tiene en cuenta si hay o no beneficio por parte del vendedor. Ahora, gracias a una sentencia del Tribunal Constitucional -que lo ha declarado un impuesto inconstitucional-, no estás obligado a pagar si la venta genera pérdidas.
Excepciones de pago del gasto de plusvalía municipal
Además de aquellos casos en los que la operación suponga una pérdida de dinero, también están exentos de realizar este pago entre cónyuges, si se trata de un patrimonio histórico-cultural o de entidades concretas del Estado.